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año:2004
 
institución:NO APLICA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Licda. Rocío Aguilar Montoya 2 17 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al No. 11047 17 de setiembre, 2004 DI-CR-500 Licenciada Rocío Aguilar Montoya Secretaria Técnica Consejo Nacional de Concesiones Estimada señora: Asunto: Comunicación de declaración de deserción del concurso de antecedentes No. 01-2003 para nombrar auditor interno del Consejo Nacional de Concesiones Con la solicitud de que lo haga de conocimiento de ese Consejo, nos referimos a su oficio No. 20040536 del 30 de agosto del año en curso, mediante el cual comunica nuevamente a este Despacho que en el acuerdo No. 8 de la sesión No. 09-04 del 14 de julio último, la Junta Directiva de ese Consejo Nacional de Concesiones declaró desierto el concurso de antecedentes No. 01-2003 (el cual se realizó para nombrar al auditor interno de esa Entidad), y además acordó iniciar un nuevo concurso. Además nos indica que una vez notificado el acto en cuestión a los interesados, el señor José Enrique Umaña Chavarría, participante del concurso anterior, interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra del citado acuerdo, el cual fue declarado sin lugar por el Consejo Directivo. Sobre el particular, debemos reiterar lo ya indicado en nuestro oficio No.10420 del 03 de setiembre pasado dirigido a su persona, en el cual este Despacho le advirtió que lo actuado por ese Consejo Nacional de Concesiones con respecto a los concursos de antecedentes No. 01-2003 y No. 01-2004 es de su exclusiva responsabilidad, y será en el momento procesal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno, que este Despacho analizará lo que en derecho corresponda. De igual manera, s ...
Fecha publicación: 16/09/2004
Fecha emisión: 13/09/2004
Documento: 11047-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Máster Alvaro Chavarría Volio 6 16 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 10942 16 de setiembre, 2004 DI-CR-485 Máster Alvaro Chavarría Volio Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ Estimado señor: Asunto: Asistencia a las sesiones del Concejo Municipal y vacaciones del Auditor Interno de la Municipalidad de Escazú Se da respuesta a su atento oficio Nro. 043-06-2004 del 25 de junio del 2004, en el que consulta el criterio de esta Contraloría General en relación con dos aspectos referidos al campo de la auditoría interna; el primero relativo a la asistencia del auditor interno en todas las sesiones del Concejo Municipal, el segundo tiene que ver con la potestad del órgano colegiado para obligar al Auditor a tomar sus vacaciones en contra de su voluntad. Acerca de la asistencia del auditor interno a las sesiones del órgano colegiado del cual depende. El tema de la asistencia del auditor interno a las sesiones del órgano colegiado ha sido objeto de pronunciamiento por este Órgano Contralor en diversos oficios, recientemente en oficio 10939 de 02 de octubre 2003 (DI-CR-425) el Centro de Relaciones indicó: “a. La asistencia del Auditor Interno a las sesiones del órgano colegiado, es un deber de ese funcionario cuando sea convocado para asesorar en materia de su competencia al jerarca del cual depende, de conformidad con la doctrina que sustenta lo dispuesto en el artículo 22, inciso d, de la citada LGCI. Dicha participación tiene como objetivo que el Auditor, en ese papel esencial de asesor, aporte elementos de juicio adicionales que coadyuven a la adecuada toma de decisiones por parte de ese órgano colegiado. / b. El Auditor Interno debe asistir a las sesiones del ór ...
Fecha publicación: 11/09/2004
Fecha emisión: 08/09/2004
Documento: 10942-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Máster Doris Chen Cheang 5 6 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 10541 6 de setiembre, 2004 DI-CR-468 Máster Doris Chen Cheang Auditora Interna Junta de Protección Social de San José Estimada señora: Asunto: Consulta de la Auditoría Interna de la Junta de Protección Social sobre la confidencialidad del denunciante, la atención de denuncias y el acceso a información institucional, por parte de esa instancia. Se da respuesta al oficio No. AI-261 de fecha 1 de julio del 2004, mediante el cual indica que esa Auditoría Interna recibió denuncia en relación con un proceso de selección para nombrar al titular de una plaza vacantes en la Junta de Protección Social de San José y que producto del estudio realizado se presentó diferencias de criterio con la Administración Activa. En el oficio de consulta, después de comentar la situación presentada se indica textualmente lo siguiente: “ ... se requiere el criterio de esa Contraloría sobre los siguientes aspectos: 1) ¿Es correcto la posición de la Auditoría de no dar a conocer el nombre de la o las personas que presentan una determinada denuncia, conforme lo establece el artículo Nº 6 de la Ley General de Control Interno? 2) De conformidad con el principio de independencia funcional que le brinda el artículo Nº 25 de la Ley General de Control Interno y el programa de Trabajo en el área de auditorías especiales: ¿es potestad facultativa de esa Auditoría realizar el estudio, o en su lugar debe limitar su accionar trasladando la denuncia conforme lo indica el señor Gerente de la Junta de Protección Social de San José a una dependencia administrativa, la cual se encontraba involucrada en los procesos del concurso de la plaza vacante? ¿En c ...
Fecha publicación: 02/09/2004
Fecha emisión: 30/08/2004
Documento: 10541-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Sr. Israel Barrantes Sánchez 5 14 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 10954 14 de setiembre, 2004 DI-CR-491 Señor Israel Barrantes Sánchez Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS Estimada señora: Asunto: Consultas varias en torno a la procedencia de realizar una auditoria a la Asociación de Empleados Municipales por actividades realizadas en la Villa Olímpica Se da respuesta a su oficio No.050-A-04 del 29 de junio del presente año, mediante el cual plantea a este Órgano Contralor una serie de consultas en torno a la procedencia de realizar una auditoría a la Asociación de Empleados Municipales por actividades realizadas en la Villa Olímpica. Las consultas las realiza, según expone en su oficio, en razón de que el Concejo Municipal en sesión No. 104 del 02 de setiembre del 2003, acordó la aprobación de un programa de actividades para celebrar el 141 aniversario del Cantón, y que éstas actividades fueran coordinadas por la Asociación de empleados municipales. Posteriormente tomo otro acuerdo par dejar claro que “la coordinación a cargo de la Asociación de Empleados Municipales no significa libre disposición de los recursos financieros por obtener de este evento que el mismo debe regirse por las normas de la Ley General de la Administración Pública, Ley de la Administración Financiera de la República, Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento y Código Municipal.” Dichas actividades se realizaron en las instalaciones de la Villa Olímpica entre el 04 y el 23 de noviembre del 2003. Una vez realizada la actividad, el Concejo Municipal le solicitó a dicha Asociación los informes contables de esa actividad, pero la Asociación no presentó el informe correspond ...
Fecha publicación: 01/09/2004
Fecha emisión: 29/08/2004
Documento: 10954-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Licda. Rocío Aguilar Montoya 2 3 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al No. 010420 3 de setiembre, 2004 DI-CR-457 Licenciada Rocío Aguilar Montoya Secretaria Técnica Consejo Nacional de Concesiones Estimada señora: Asunto: Declaración de deserción del concurso de antecedentes No. 01-2003 para nombrar auditor interno del Consejo Nacional de Concesiones Con la solicitud de que lo haga de conocimiento de ese Consejo, nos referimos a su oficio No. 20040479 del 27 de julio del año en curso, mediante el cual comunica a este Despacho que en el acuerdo No. 8 de la sesión No. 09-04 del 14 de julio último, la Junta Directiva de ese Consejo Nacional de Concesiones declaró desierto el concurso de antecedentes No. 01-2003, el cual se realizó para nombrar al auditor interno de esa Entidad, y además acordó iniciar un nuevo concurso. Sobre el particular hemos de indicar que mediante oficio No.3857 del 19 de abril pasado, este Despacho le remitió a ese Consejo el informe No. INF-DI-06-2004 relativo al concurso público No. 01-2003 realizado por esa Administración para nombrar auditor interno, y en el cual se declaró vetado el proceso a partir de la etapa de evaluación de las ofertas. En esa oportunidad, se le indicó a esa Administración que debía tomar un nuevo acuerdo de aprobación del proceso y la terna, producto de la nueva valoración de los antecedentes, y posteriormente remitir a esta Contraloría General el proceso y la terna del concurso para su aprobación, trámite que no realizó. Mas bien, según lo acordado por su Junta Directiva, se procedió a declarar desierto el concurso y a promover uno nuevo, el cual –según se observó- se hizo de comunicación publica en el periódico “La Nación” el día ...
Fecha publicación: 21/08/2004
Fecha emisión: 18/08/2004
Documento: 10420-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. José Luis Guzmán Jiménez 2 20 de agosto, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 09715 20 de agosto, 2004 DI-CR-428 Licenciado José Luis Guzmán Jiménez Auditor Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE Estimado señor: Asunto: Vigencia y aplicabilidad del Manual técnico para el desarrollo de Proyectos de Obra Pública promovido por la Contraloría General de la República. Se da respuesta a su atento oficio AI-419-04 de 29 de junio del 2004 en el cual plantea dos interrogantes con respecto al Manual Técnico para el Desarrollo de Proyectos de Obra Pública emitido por esta Contraloría General, se consulta sí: -“¿El Manual Técnico para el Desarrollo de Proyectos de Obra Pública es una normativa vigente?” -“¿Dicho Manual es una normativa que se ajusta para aplicarlo en las municipalidades?” El citado Manual fue elaborado por la antigua Dirección General de Control de Obras Públicas, recientemente este Centro de Relaciones refiriéndose a esa normativa, en oficio 07326 ( DI-CR-281) del 08 de julio del 2003 indicó lo siguiente; “Asimismo, en este sentido es pertinente recordar que también existe el “Manual Técnico para el Desarrollo de Proyectos de Obra Pública”, el cual se hizo de conocimiento de las instituciones mediante la Circular DCOP 1-98, con el objetivo de poner al servicio de ellas una guía que les facilite el desarrollo lógico y ordenado de los proyectos de inversión pública; manual que está disponible en la página de esta Contraloría General en la sección de DOCUMENTOS. Al respecto, esta guía, si bien no fue publicada en La Gaceta, igualmente formaría parte de ese bagaje que no debe ignorar la administración en lo que sea aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el ci ...
Fecha publicación: 19/08/2004
Fecha emisión: 16/08/2004
Documento: 09715-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. Jorge Arturo Hernández C. 10 14 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 10967 14 de setiembre, 2004 DI-CR-494 Licenciado Jorge Arturo Hernández Castañeda Auditor Interno CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Estimado señor: Asunto: Consultas varias en torno a la confidencialidad que se le debe dar a los informes realizados por la Auditoría Interna, según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley General de Control Interno Se da respuesta a su oficio No.24195 de fecha 06 de julio del año en curso, mediante el cual plantea a este Órgano Contralor una serie de consultas en torno a la confidencialidad que se le debe dar a los informes de Auditoría Interna, según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley General de Control Interno. Concretamente formula las siguientes interrogantes: 1. ¿A quienes se les debe permitir el acceso al informe de Auditoría, papeles de trabajo y documentos relacionados con la labor de auditoría, cuando se recomendó el inicio de un procedimiento administrativo de responsabilidad disciplinaria y económica o se esté tramitando dicho procedimiento? Es a la auditoría a quien le corresponde prestarlo o si se debe remitir a la parte ante el Órgano Director del procedimiento administrativo? 2. ¿Se le debe permitir tanto a las partes interesadas como a terceras personas con o sin autorización, el acceso al informe de auditoría, papeles de trabajo y documentos relacionados con la labor de auditoría, cuando se recomendó a la Administración activa enviar dicha documentación al Ministerio Público por existir sospecha de la comisión de un presunto delito o cuando la misma auditoría remitió el informe al Ministerio Público? 3. ¿Cuándo el informe de auditoría r ...
Fecha publicación: 15/08/2004
Fecha emisión: 12/08/2004
Documento: 10967-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
Tesauro: Confidencialidad de los denunciantes y estudios que originan la apertura de procedimientos administrativos


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Licda. Miriam Calvo Quesada 2 20 de agosto, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 09713 20 de agosto, 2004 DI-CR-426 Licenciada Miriam Calvo Quesada Auditora General Correos de Costa Rica S.A. Estimada señora: Asunto: Consulta en torno a la participación como testigo en un juicio contra la institución y en el cual tiene un interés directo Se da respuesta a su oficio No. 271-2004-AIC de fecha 27 de julio del año en curso, mediante el cual consulta a este Órgano Contralor si existe algún impedimento para asistir como testigo en un proceso ordinario laboral en contra de la Institución en la cual labora, y que plantea un extrabajador de esa auditoría. La consulta la plantea, según nos indica en su nota, en razón de que se le está citando a usted y al Subauditor General se les está citando como testigo para el 10 de setiembre, y a ambos les asiste un interés particular debido a que el objeto de la demanda tiene incidencia tanto en lo personal como para el resto de los trabajadores de ese departamento. En atención a su gestión, hemos de indicar que los efectos de una citación emitida de una autoridad competente se encuentra regulada en el artículo 165 del Código Procesal Penal, el cual dispone lo siguiente: “Artículo 165.- Citación Cuando, para algún acto procesal, sea necesaria la presencia de una persona, la autoridad que conoce del asunto deberá ordenar su citación, mediante carta certificada, telegrama con aviso de entrega, teléfono o cualquier medio de comunicación que garantice la autenticidad del mensaje. En tal caso, deberá hacerse saber el objeto de la citación y el procedimiento en que esta se dispuso; además, se deberá advertir que si la orden no se obedece, la persona po ...
Fecha publicación: 13/08/2004
Fecha emisión: 10/08/2004
Documento: 09713-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Sr. José Bernal Rivas Fernández 2 9 de agosto, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 09051 9 de agosto, 2004 DI-CR-391 Señor José Bernal Rivas Fernández Secretario de la Junta Administrativa DIRECCIÓN GENERAL DEL ARCHIVO NACIONAL Estimado señor: Asunto: Criterio sobre la sugerencia de la Junta Administrativa del Archivo Nacional, en cuanto a la posibilidad de que la Contraloría General de la República mantenga para efectos de los concursos públicos un registro de elegibles y establezca un procedimiento uniforme para su ejecución. Con la solicitud de que lo haga de conocimiento de la Junta Administrativa de la Dirección General del Archivo Nacional, se da respuesta a su oficio JA-279-2004 del 13 de julio de 2004, mediante el cual transcribe el acuerdo N° 11. 2 de dicha Junta, correspondiente a la sesión ordinaria N° 18-2004 celebrada el 7 de julio del año en curso. Dicho acuerdo señala lo siguiente: “ ACUERDO 11.2: Comunicar a la señora Mercedes Campos Alpízar, Jefe del Centro de Relaciones para el Fortalecimiento del Control y Fiscalización Superiores de la Contraloría General de la República, que en relación con el oficio DI-CR 276 de fecha 14 de junio de 2004, esta Junta Administrativa sugiere la posibilidad de que ese ente mantenga un registro de elegibles para todas las instituciones, similar a los que tiene la Dirección General del Servicio Civil. Asimismo, se recomienda a ese ente establecer un procedimiento uniforme para llevar a cabo los concursos públicos, para todas las instituciones públicas que requieran nombrar un Auditor o Subauditor internos. ACUERDO FIRME.” Como antecedentes de dicha consulta, según se indica en el oficio citado ( JA-279-2004), ...
Fecha publicación: 07/08/2004
Fecha emisión: 04/08/2004
Documento: 09051-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Licda. Lucía López Regidor 2 3 de agosto, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 8800 3 de agosto, 2004 DI-CR-376 Licenciada Lucía López Regidor Secretaria de la Junta Directiva INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO Estimada señora: Asunto: Aclaración sobre criterio emitido con oficio 6823 (DI-CR-291) de 22 de junio del 2004, en relación con la solicitud de pronunciamiento sobre “la potestad de emitir recomendaciones, como consecuencia directa de la atención de una denuncia.”, por parte de la Auditoría Interna del Instituto Costarricense de Turismo Con la solicitud de que lo haga del conocimiento de la Junta Directiva de ese Instituto, se da respuesta a la solicitud planteada mediante oficio G-1236-2004 de 13 de julio, suscrito por el Ing. Guillermo Alvarado Herrera, Gerente General de ese Instituto, con ocasión del acuerdo tomado en la sesión de Junta Directiva Nº. 06823, artículo 5, inciso I, del 29 de junio). Al respecto, se expone lo siguiente: “... los Señores Miembros de Junta Directiva, dieron por recibido el oficio No. 06823 (referencia interna DI-CR-291) y sobre el cual solicitan la ampliación de criterio, puesto que ningún procedimiento administrativo seguido a la Señora Auditora General, tiene que ver con el tema planteado. Además es urgente que se defina cómo se debe proceder en estos casos, por lo que si el CENREL no puede emitir criterio, se solicita sea remitida la consulta a otra instancia del Ente Contralor, a fin de que pueda dar respuesta a la misma.” Sobre el particular, tal como se indicó en el oficio 6823 en referencia, en el oficio Nº. 2381 de esta Contraloría se dio respuesta a una consulta concreta planteada por ese órgano colegiado; también se indica en el ...
Fecha publicación: 06/08/2004
Fecha emisión: 03/08/2004
Documento: 08800-2004.doc
Institución: NO APLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS